domingo, 6 de diciembre de 2020

Prevención de Riesgos Laborales desde la perspectiva de Género para el mercadillo

El pasado jueves 3 de Diciembre, terminé unas alegaciones que me habían encomendado la Asociación UPCOVA, sobre un borrador de una nueva ordenanza municipal sobre mercadillos de Córdoba. Eso no era una ordenanza, era una soga al cuello para los vendedores, presenté quince alegaciones a cuál más necesaria, pero disfruté realizando ésta, creo que puede ser la primera vez que alguien plantee la prevención de riesgos laborales en materia de salud con el tema que os expongo y sobre la necesidad de las viseras, para prevenir los daños provocados por el sol, y como no, el interés superior del menor, porque los días de fiesta o vacaciones, nuestros niños van al mercado también y están expuestos a estas condiciones casi siempre, lamentables. 

Hoy os dejo sólo esta, de la cual me siento orgullosa. Esto se produce, cuando es la Administración la que se pasa de rosca exprimiendo a los más débiles. 

Estos temas siempre lo hemos tratado como un tabú, ya es hora de exigir nuestros derechos aunque el tema sea incómodo, es NECESARIO. 

 QUINTA: Sobre el Artículo 7. Prohibiciones letra i) Ensuciar o acumular residuos y restos orgánicos e inorgánicos en los puestos de venta o en los espacios asignados al mercadillo sin disponer del correspondiente recipiente.

En este artículo se recoge el tema de los residuos orgánicos e inorgánicos, como un cometido distinto de la recogida de basura. Bien, pues dicho sea de paso, que para exigir la administración que no haya restos orgánicos, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE INSTAURAR SERVICIOS  O ASEOS PÚBLICOS. Siendo esto un requisito fundamental para que la gestión del comercio ambulante sea regulada y tratada respetando los derechos fundamentales de las personas, uno de ellos, su dignidad y el derecho a la salud y de acuerdo con las normas sobre prevención de riesgos laborales. Resulta denigrante que las mujeres que ejecutan el comercio ambulante, no puedan  tener las pautas de higiene óptimas en los días de la menstruación, o simplemente, tener los mínimos requisitos para trabajar con dignidad como seres humanos. 


La Perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales es imprescindible en esta ALEGACIÓN, ya que se reconocen Diferencias de género en la exposición y en las consecuencias para la seguridad y la salud laboral. En la materia referida, las mujeres requieren más higiene sobre todo en los días reseñados, los de la menstruación.


Las mujeres en etapa reproductiva deben prestar especial atención a la higiene personal durante la menstruación, ya que en este periodo de tiempo, aumenta la vulnerabilidad de contraer infecciones que pueden generar serias complicaciones e incluso amenazar la vida”, en la vida de las mujeres, privan del acceso a un adecuado manejo de la higiene menstrual, lo que puede conducir a muchos problemas, incluyendo infecciones fúngicas o bacterianas del tracto reproductivo y del tracto urinario.

En el año 2012, el Programa Conjunto de Monitoreo de la Organización Mundial de la Salud y la UNICEF desarrollaron una definición unificada y funcional del manejo de la higiene menstrual, definiéndola como “el uso de un material de gestión menstrual limpio para absorber o recolectar la sangre, el cual se pueda cambiar privadamente con tanta frecuencia como sea necesario durante la menstruación, con acceso adecuado a agua y jabón para lavar el cuerpo, y tener acceso a instalaciones para desechar los materiales usados”. 

NO EXISTEN TALES INSTALACIONES EN LOS MERCADILLOS.

 No instalar los aseos públicos, provoca otras series de enfermedades, infección del tracto urinario es la forma más común de infección que está presente en las mujeres que practican una mala higiene menstrual, y representa uno de los riesgos para la salud más graves asociados a una higiene deficiente. Cuando las bacterias dañinas invaden el tracto urinario, pueden irritar la región mucosa y causar infección, y si no se trata, puede convertirse en una complicación grave.

La mala higiene menstrual también se asocia frecuentemente a infecciones por hongos. La candidiasis, causada por el microbio Candida albicans, es la infección por levaduras más frecuente y puede causar infección en el tracto reproductivo y el tracto urinario. Se estima que hasta el 75 por ciento de todas las mujeres en etapa reproductiva contrae esta infección en algún momento de sus vidas.

Por otro lado, estas son las consecuencias de aguantar la ORINA de forma continuada por no poseer el recinto del mercadillo ASEOS PÚBLICOS.

Cistitis

Pero en casos de retención de la orina durante largos lapsos de tiempo y de forma habitual, pueden surgir algunos problemas. La orina contiene sustancias ácidas y partículas de amoníaco, en concentraciones bajas, pero que pueden afectar a las paredes de la vejiga o el tracto urinario. La confluencia de la inflamación de las paredes de la vejiga con la acumulación de los microbios causa la cistitis, una inflamación de la vejiga que puede venir acompañada o no de infección. La cistitis se da más habitualmente en mujeres, porque su tracto urinario está más cerca del ano, y por ende acumula más gérmenes. Sus síntomas son, sobre todo, que las micciones se vuelven más frecuentes, y cuando se producen, duelen.



Reflujo

Otro de los riesgos de retener la orina es el de originar el reflujo vesicoureteral. Este se produce cuando la orina retrocede desde la vejiga a los riñones. Se trata de un caso anómalo, que puede estar causado por una enfermedad congénita pero también por las dificultades para orinar con normalidad.

Lo normal es que en ese reflujo la orina no pase de la uretra, pero si llega a los riñones. Podría generar dolor o infectar órganos.


Ensanchamiento de la vejiga

Pero aguantar las ganas de ir al baño de forma frecuente también puede ocasionar otras disfunciones, como el ensanchamiento crónico de la vejiga. Esto puede generar asincronías a la hora de orinar. La vejiga dejará de funcionar con normalidad al perder sensibilidad, y ello llevará a una incapacidad para controlarla. 


Cólicos nefríticos

En determinados casos, se puede llegar a producir un cólico nefrítico. Ocurre porque el estancamiento de la orina puede producir que las sales y minerales que porta se acumulen y sedimenten en los riñones, formando cristalitos conocidos como cálculos renales. Expulsarlos de forma natural, por el tracto urinario, es una experiencia muy dolorosa. 


 

NO SE HA APRECIADO EN NINGÚN ARTÍCULO DE LA ORDENZA LA PREOCUPACIÓN POR MANTENER LAS CONDICIONES DE SALUBRIDAD Y CUMPLIR CON LOS REQUISITOS Y EXIGENCIAS DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y CUANDO SE PRONUNCIA SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LA SALUD, NO LO REALIZA SOBRE LA BASE DE PROTEGER LA SALUD DE LOS TRRBAJADORES, sólo sobre las restricciones de distancias y medidas de las parcelas tras la crisis del covid.

 Prohibir el desecho de restos orgánicos, sin instalar los aseos oportunos es completamente antagónico al sentido común, contrario a todo precepto y criterio legal establecido.


Tal como he demostrado, las condiciones de trabajo de las mujeres pueden diferir de las de los hombres de varias formas, de modo que es conveniente examinar las diferencias de género en relación con la exposición a distintos riesgos laborales.

Al hablar del marco legal de la Vigilancia de la Salud es necesario, en primer lugar, invocar a nuestra Constitución Española que, además de encomendar en su Artículo 40.2 a los poderes públicos el velar por la seguridad e higiene en el trabajo, reconoce en su Artículo 43 el derecho de todos a la protección de la salud, atribuyendo a los poderes públicos la competencia de organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y las prestaciones y servicios necesarios.


A la luz de todo lo manifestado,  es obligación de la Administración dotar a los trabajadores/as de los servicios fundamentales, como son los aseos públicos,  para cumplir con el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas y la salud de los trabajadores. 

Sin la dotación de servicios o aseos públicos, NO SE PUEDE EXIGIR que no haya bolsas con restos orgánicos.

sábado, 5 de diciembre de 2020

Soy la suma de las personas que me han ayudado a brillar!!!

 Un día hace muchos años, estaba vendiendo en el mercado del Puerto Santa Maria en Cádiz, era la época cuando ganábamos dinero en los mercados!!! De repente me vino un cliente cuya cara me resultaba conocida, un señor mayor, y empezó a apartarme bolsos para comprarlos, llegó a la suma de 200 euros. Y al pagarme me dice muy serio: "Doña Séfora, le he visto en la tele, he leído sobre usted en prensa muchas veces, oído en radio en varias intervenciones... Pero nunca la vi en mi exámen final de DERECHO ADMINISTRATIVO, (el hombre mirando mi riñonera que estaba llena, porque le estaba cobrando en ese momento) me dice: veo que aquí le va bien, PERO USTED HA NACIDO PARA ALGO MÁS, ESTE NO ES SU SITIO, ES UN TRABAJO DE LO MÁS HONRADO PERO HAGA USTED EL FAVOR DE TERMINAR LA CARRERA, ES USTED DEMASIADO INTELIGENTE PARA ABANDONAR SUS ESTUDIOS !!!"... yo.. Me quedé si palabras, le dije:tiene usted pinta de catedrático verdad??? Ni siquiera me acordaba bien de él, había sido mi profesor y justo ese año, abandoné todo. Hacía 7 años de aquello y él se acordaba de mí perfectamente.

Desde ese día, no pude domir ni una noche más , me provocó insomnio, me creó ansiedad ver como estaba desperdiciando mi vida, mi carrera, mis sueños ...era lo que necesitaba, NO SÉ QUÉ PODER TUVO ESAS PALABRAS EN MI MENTE QUE ME CAMBIARON LA VIDA... La semana siguiente, volvió, e hizo lo mismo, me compró otros 200 euros en bolsos y me dijo:"cuando vuelva usted a sus estudios, busque a mi hijo, y matriculese con él" . Este señor era uno de los más brillantes profesores de la Universidad de Sevilla había intervenido incluso en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas... después de sus dos visitas, jamás pude volver a dormir, era tan grave el insomnio que...retomé la carrera , fue lo único que me devolvió la paz. Ha sido lo más generoso que han podido hacer por mí, saquear mi mente y enfocarla al destino, a la meta apropiada... 

 Busqué a su hijo, me matriculé con él, quien hizo que me apasionase por el Derecho Administrativo...de hecho todo lo que sé, lo he aprendido de él, me ayudó en todo lo que pudo, me hacía los exámenes orales cuando me coincidia con los días de mercados... Gracias a él, pude tener tan buena formación en derecho administrativo para luchar  en contra de las Administraciones, con tantísimas gestiones de los mercados...sanciones, recursos... Cada vez que me enfrento a una gestión o asunto administrativo, pienso en mis profesores. A su padre le debo retomar mis estudios, encontrarme a mi misma de nuevo y mi insomnio!!! (que me aparece cuando algo me inquieta a día de hoy jajaj) y a su hijo, enamorarme de una de las ramas del derecho que más he aplicado en ayudar al sector del mercadillo.

Desde aquí, mi humilde homenaje a dos de mis profesores a los cuales le debo parte de quien soy!!! Soy la suma de las personas que me han ayudado a brillar!!!... Gracias...

viernes, 6 de noviembre de 2020

Delito de odio sobre población gitana en un perfil de Facebook de la Policía Nacional

 Buenas tardes por la presente procedo a denunciar una publicación de una página precisamente de la UPR. Se llama Policías LDLA, tiene perfil en Facebook e Instagram. Es lamentable que siendo agentes del cuerpo y habiendo prometido cumplir con los parámetros constitucionles, mediante el acto de la Jura , sean ellos mismo quienes procedan a cometer un DELITO DE ODIO sobre la población gitana, dándole publicidad en distintas redes sociales. 

El contenido de la publicación vulnera todo código deontológico profesional, moral, ético y racional, llegando a consumar el delito de odio al completo no sólo por su ánimadversión hacia la población gitana sino por la notoria publicidad que hace de sus hechos jactándose de sus prejuicios étnicos y promoviendo la discriminación y el verdadero desprecio hacia la población gitana. Máxime cuando se reconoce abiertamente que no se ha producido incidentes en el alzamiento de la vivienda, más "allá del típico drama gitano"... En la publicación resalta que es uno de los peores barrios de la ciudad, lleno de droga, delincuentes, y aunque alguien se pueda ofender, las cosas como son, mayoritariamente ocupado por familias de etnia gitana "... 

Como podéis comprobar es lamentable y deshonroso que uno de los perfiles de los cuerpos de seguridad del estado en las redes sociales , dentro de la unidad de prevención y reacción de la policía nacional, realice estas declaraciones. Exijo que se cierre dicha página y sea investigado al presunto responsable de dicha publicación, sean tomadas las medidas oportunas sobre el responsable de dichas publicaciones y en el caso de ser agente, es decir miembro de la Policía Nacional, no sólo deben aplicarle un régimen disciplinario sino que debe ser juzgado por un delito de odio conforme al artículo 510 del código penal que dice asi:



El artículo 510 del Código Penal español hace referencia a los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.


1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:


a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.


b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.


c) Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.


2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:


a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.


b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución.


Los hechos serán castigados con una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses cuando de ese modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos.


3. Las penas previstas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.


4. Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo, se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado.


5. En todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente.


6. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refieren los apartados anteriores o por medio de los cuales se hubiera cometido. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos.


En los casos en los que, a través de un portal de acceso a internet o servicio de la sociedad de la información, se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a que se refiere el apartado anterior, se ordenará el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo.


Los hechos consuman el delito de odio en su totalidad, a la luz del artículo 510.1a,510.2.a y 510.3.a

Las funciones de la policía nacional y de los cuerpos de seguridad del estado, son muchísimas... Entre sus funciones principales son según el artículo 104 de la Constitución, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Unos de los principales básicos de actuación de los cuerpos de seguridad del estado, es el trato correcto con el ciudadano, la NO Discriminación, 

Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.


Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión.


Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente.

 Así, que en este caso no sólo están faltando a los deberes constitucionales y a sus principios básicos actuación sino que además cometen un delito a la luz del artículo 510 del código penal... 

A la espera de su contestación, reciba un cordial saludo.


Séfora Vargas Martín 

Presidenta de Aproideg (Asociación Para la Promoción Integral y Desarrollo Económico de Pueblo Gitano) 

jueves, 5 de noviembre de 2020

PARA TODOS LOS ALCALDES QUE SIGUEN EMPEÑADOS EN NO ACATAR LA ORDEN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

 PARA TODOS LOS ALCALDES DE ANDALUCÍA QUE NO QUIEREN ACATAR LA ORDEN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE COMERCIO AMBULANTE  DEL DÍA 29 DE OCTUBRE, PUBLICADO EN EL BOJA, RECORDAD!!!! 

La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. ​ Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público.

!!! ESTÁIS COMETIENDO UN DELITO DE PREVARICACION!!!!

ATENERSE A LAS CONSECUENCIAS!!!

miércoles, 4 de noviembre de 2020

Discriminación en Castilla La Mancha hacia los vendedores ambulantes

Medidas injustas :control desproporcionado en el mercadillo de Castilleja y ningún control en IKEA, Centro Comercial Aire sur siendo todo en el mismo municipio

 Esperemos  que el control exhaustivo y desproporcionado de medidas de seguridad por parte de la Policía Local, Protección Civil y Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta(han pedido el dni a cada clienta para corroborar que son del pueblo) , no SEA SÓLO A LOS COMERCIANTES MÁS VULNERABLES (VENDEDORES AMBULANTES), Y SE LLEVE A CABO LAS MISMAS MEDIDAS EN EL CENTRO COMERCIAL AIRE SUR,  IKEA Y EN TODO EL PERIMETRAJE DE CASTILLEJA DE LA CUESTA. Para que no sea sólo unas medidas arbitrarias y dirigidas a seguir causando daños y pérdidas a este sector. 

lunes, 25 de mayo de 2020

ESCRITO PARA LA DELEGADA DE SALUD Y CONSUMO DE CASTILLEJA DE LA CUESTA, SEVILLA.


A.A: Delegada de Salud y Consumo de Castilleja de la Cuesta. Doña Ángela de la Rosa Alcantara



Doña Séfora Vargas Martín abogada con documento nacional de identidad xxxxxx, colegiada, xxxxx del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, Presidenta de la Asociación Aproideg, con CIF G-XXXXX, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle xxxxxxxxx de Sevilla. Miembro del Consejo de Comercio Ambulante del Ayuntamiento de Sevilla, y asesora para el grupo municipal “Adelante Andalucía”, como mejor procedo en derecho,
DIGO:
Que tras haber expuesto la preocupación a este órgano, mediante una reunión con la Excelentísima  Señora Delegada de Salud y Consumo , Doña Ángela de la Rosa Alcántara sobre la imposibilidad de desarrollar la ejecución del mercado, celebrado los miércoles en Castilleja de la Cuesta y tras demostrar  la inviabilidad de ejecutar el mercado con las medidas que nos trasladan desde el gobierno central en el manual de buenas prácticas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, procedo a MANIFESTAR LA PROFUNDA INSATISFACCIÓN DE TODO EL COLECTIVO Y LA DISPARIDAD DE OPINIONES AL RESPECTO SOBRE EL INICIO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL MERCADO, EN BASE A LOS SIGUIENTES HECHOS:
·         Resulta completamente inviable, dadas las características del terreno del mercado, acotado por cerramiento fijo, ampliar las distancias de seguridad de dos metros entre vendedores, ya que en los propios cálculos realizado por la Delegada, el espacio sigue siendo insuficiente  por las características del terreno.
·         Resulta injusto para el criterio de igualdad objetiva, aceptar el porcentaje de desescalada que prevé el gobierno del 25%. Del sondeo que oficialmente he practicado, sólo un vendedor se ha posicionado a favor de esto. El resto, no quieren ejercer la actividad comercial con este criterio de desigualdad, que además deja al consistorio y a esta delegación en la difícil tesitura de tener que elegir, quién debe montar y quién no, y en la injusta decisión de elección entre los vendedores de aceptar que unos tiene más posibilidades de obtener beneficios que los últimos, ninguno estarían en un plano de igualdad, acarreando serias desventajas y sus consiguientes  problemas sociales y de compañerismo. Siendo la comunidad de vendedores, una comunidad que hasta el día de hoy había gozado de cierta cohesión social, respeto y tolerancia entre sí desde hace años. Este criterio, ya está provocando serias crisis entre los mismos vendedores.
·         Resulta imposible tener equipos de desinfección adecuados para higienizar los puestos y las estructuras de férreas, persianas ect. Y en vista que el Ayuntamiento sólo posee un equipo y está ocupado realizando las labores de  desinfecciones propias de sus calles, ruego encarecidamente, ese criterio no sea aplicado, tal como se está realizando en el resto de Ayuntamientos de los distintos pueblos de Sevilla.
·         Resulta completamente imposible impedir a las clientas la prestación de “Probar” la ropa y en su caso la posible devolución y consecuente puesta en cuarentena del producto. Por lo que se ruega que estas medidas sean flexibilizadas porque impedirían la venta de forma inminente, son contrarias a las propias normas y garantías de consumo en materia de comercio, y a pesar de existir la alerta sanitaria, esta medida conllevaría la RUINA ABSOLUTA a este sector.
·         Resultaría imposible “hacer de policía” en el control de las medidas requeridas sobre la materia higiénico sanitaria y mucho menos, estar expuestos a sanciones sobre delitos contra la Salud Pública por la imposibilidad de controlar nosotros mismos el comportamiento de la clientas.
·         La falta de libertad absoluta y  de movimiento decretada por el estado de alarma, hace imposible la afluencia del público normalizado de este mercado. A este mercado, asisten clientas de absolutamente de todos los pueblos de alrededor, no sólo clientas  de Castilleja, que a pesar de haber pasado a la fase 1 Sevilla, aún existen horarios acotados para personas mayores por ser personas de alto riesgo en la exposición del virus. Esto afectará sin duda alguna al desarrollo normalizado de la venta.
·         La suma de estas exigencias imposibilitan le ejecución de la venta en las condiciones de normalidad, al margen de suponer un grave perjuicio a nuestra económica, peor sería intentar iniciar la actividad en estas condiciones infrahumanas, con estas exigencias tan represivas y hostigadoras que además no han sido impuestas  a otros sectores.
·         Éste sector lleva aparejada una grave crisis económica desde el 2008, crisis que se ha acrecentado de forma desmesurada tras la crisis del covid19, los vendedores se ven sin mercancía actualizada, con la mercancía de la estación pasada, en stock o estocaje, y sin  recursos ni medios para poder comprar mercancía nueva.
·         Por otro lado, lamentablemente no todos los comerciantes ambulantes han podido percibir el pago por el cese de actividad, hay un gran porcentaje que debido a deudas o impagos con la Seguridad Social, se han visto reducidos TODOS SUS INGRESOS A 0 EUROS. Sin ayudas, sin ingresos, personalmente doy fe, ya que desde mi Asociación mantengo un plan de emergencia alimentaria y he tenido que dar sustento a más de 700 personas ante la falta de respuesta de los Servicios Sociales.
Por todo ello, le suplicamos que en vista  de que no se puede dar otra respuesta al problema expuesto, la actividad sea estudiada de la forma más flexible y benevolente, la situación de estas familias es de una necesidad inefable, que necesita el respaldo y apoyo de su administración.  
Después del sondeo que he practicado, he de manifestar que hay un porcentaje muy alto de personas que no quieren ejercer la venta ante semejantes restricciones, por ver sus derechos completamente mermados, socavados. Mantienen la postura de “O TODOS O NINGUNO”, PERO SUPLICANDO LA FLEXIBILIDAD DE LAS MEDIDAS DEL GOBIERNO CENTRAL Y POR SUPUESTO, LO ANTES POSIBLE.
 Pero he de manifestar que hay otro porcentaje que suplica al consistorio y a su Delegación, que estudie la posibilidad de abrir el mercado, manteniendo una flexibilización de todas las medidas por ser inviables, y que participen  al menos el 50%, según procede el sistema de desescalada a primeros de junio. En esa línea de actuación de llevarse a cabo, se realizaría de forma alternativa, es decir, la primera semana por ejemplo, venderían los vendedores cuyo número de puesto fuera par y la semana siguiente, los vendedores con números impares.
Ellos alegan la necesidad absoluta de reactivar la economía de forma inminente. Piensan que HAY QUE CREAR UNA CONCIENCIA DE MERCADO, para que cuando lleve algún tiempo, vuelva a funcionar la actividad comercial  con normalidad. Por otro lado la falta de ayudas sociales, los tiene inmersos en necesidades y carencias absolutas hasta de ALIMENTOS Y PRODUCTOS BÁSICOS.
Por otro lado, quiero dejar constancia que el día de celebración del mercado, las RECOMENDACIONES a seguir, para paliar la pandemia, al menos durante el primer mes, serían las siguientes:
·         Cada puesto debe de ser recubierto y cerrado por toldos o trapos que actúen como separadores entre los mismo puestos, de esa manera se garantiza la separación entre cada puesto, en vista que no hay margen para separar los puestos entre sí.
·         Se hace constar que las calles deben de tener una separación de 6 metros de ancho, en este caso, se recuerda a los vendedores el deber que existe de no salirse de los lindes de su parcela. En este sentido no cuentan las viseras, estructura que se monta para aumentar la sombra en el verano, pero sí deben  de ser conscientes, que la estructura base del puesto no de extralimitar sus lindes reseñados.
·         El ayuntamiento debe de arreglar el problema de alumbrado central del mercado, uno de los postes de luz principal del centro, tiene fundida prácticamente todas sus luces, se ruega, sea reparado para que a primera hora de la mañana, cuando no hay luz natural, esto no sea excusa para no poder ver los lindes, líneas delimitadoras en el suelo. Es imposible montar sin luz. El mercado lleva en esa situación desde hace más de 6 meses. Sería el presupuesto base, para poder exigir no sobrepasar los límites pintados en el suelo.
·         El ayuntamiento, debe señalizar unas líneas de “espera en el suelo”, a lo largo de la parcela, con su metro o metro y medio de separación, tanto de forma horizontal, como en cola, es decir, hacía atrás, para obligar a las clientas a respetar la distancia social exigida.
·         Del mismo modo, el Ayuntamiento debe poner a disposición geles expendedores y guantes, en la puerta de salida y entrada. Al margen de que cada vendedor debe de cumplir con estas medidas dentro de sus puestos.
·         La policía deberá también exigir el uso de los guantes a las clientas, para evitar contagios y en su caso, permitir la prohibición de tocar cualquier producto o mercancía sin guantes.
·         La responsabilidad de distancia social, JAMÁS PUEDE REACER ÚNICAMENTE SOBRE LOS TRABAJADORES, ES RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y PERSONAL DE CADA INDIVIDUO. Entendemos que a pesar de indicarle a las personas que respeten la distancia recomendadas, en algunos casos no nos hacen caso, por lo que ruego que la propia policía ayude a los propios vendedores en esta labor. Nadie quiere sufrir ni contagios, ni sanciones inmerecidas.
Por último, se hace constar a este Delegación, el trabajo realizado a nivel nacional por la MESA NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE VENTA AMBULANTE DE ESPAÑA, desde el gobierno central, para que asuma competencias extraordinarias Y ELIMINE LAS TASAS DE OCUPACIÓN DE VÍA PUBLICA DURANTE UN AÑO ENTERO. La crisis que estamos viviendo es una de las peores de  la historia de este sector económico, necesitamos ayudas especiales, para poder amparar a este sector que está en el umbral de pobreza absoluta. Ruego, que esta Delegación trabaje en esta línea, nos ayude y permita reflotar el sector.

Al hilo de esta iniciativa, presentaré un proyecto de reactivación y modernización de los mercados, tal como he realizado en el Ayuntamiento de Sevilla. La semana que viene, me comprometo a remitirlo a dicha delegación.
Sin más, agradecer el trato, la preocupación recibida tanto al sector, como a las familias que están en un estado de necesidad, quedando a su plena disposición, reciba un cordial saludo.



  Séfora Vargas Martín
Presidenta de Aproideg.




domingo, 3 de mayo de 2020

No al sistema escalonado del mercadillo



No al sistema escalonado del mercadillo, no a la arbitrariedad de las administraciones locales en esta actividad, gestión centralizada para evitar desigualdades y sobre todo que aumente la pobreza en este sector...
Se necesitan microcréditos, eliminación de tasas e impuestos, ayuda para la te reactivación de los mercados ya que es uno deblos sectores más vulnerables.
Séfora Vargas.

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lunes, 6 de abril de 2020

Agresión grave a la comunidad gitana de Irún, policía autonómica del Pais Vasco, patea y rompe juguetes de niños pequeños.

A LA ATENCIÓN DE Excelentísimo Señor Alcalde de Irún y Delegada de bienestar para la ciudadanía.
Muy señores míos
Desde APROIDEG( Asociación Para la Promoción Integral y Desarrollo Económico de Pueblo Gitano) con CIF xxxxxxxx y con domicilio a efectos de notificaciones en calle xxxx número xxx 41020 Sevilla, con personalidad jurídica propia EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL y plena capacidad de obrar, me pongo en contacto con usted, como responsable de su localidad y uno de los responsable político del Gobierno de Euskadi, cuya unidad especial Policíal es la Ertzaintza, cuerpo dedicado a la protección de la ciudadanía en sus funciones fundamentales, para denunciar los graves incidentes que han ocurrido hace unos días en su localidad, motivos:
PRIMERO: Que la minoría étnica gitana es uno de los pueblos más perseguidos, así como discriminados de toda Europa desde hace seis siglos aprobándose más de 25.000 normas, leyes, providencias, documentos jurídicos en distintos cuerpos normativos(según el Catedrárico de Derecho de la universidad Complutense de Madrid, Don Antonio Gómez Alfaro), sólo en España, con el único objeto de exterminar a nuestro pueblo, pero a pesar de que ello pudiera parecer cosa del pasado, nada más lejos de la realidad, pues aún hoy vemos innumerables actos de racismo que quedan impunes y que además supone ello una segregación fáctica entre dicha minoría y el resto de la población, teniendo ello como consecuencia sacralización y condena al mayor restraso económico, social político y cultural del Pueblo Gitano, sin contar con el menoscabo integral a nuestra Diginidad como seres humanos.
SEGUNDO: Una vez asentado lo anterior, me dirijo al presente órgano debido a que varias personas de la comunidad gitana de Irún se han puesto en contacto con nosotros debido a la intervención policial tan desproporcionada y llena de connotación racista que miembros de la policía municipal de su localidad ha llevado a cabo haciendo un uso desproporcionado de la fuerza y adoptando medidas NO LEGITIMAS DE GARANTÍA JURÍDICA, es decir, sus agentes han actuado fuera de la legalidad y han menoscabo los derechos fundamentales de los niños gitanos más excluidos de Irún. Saltándose el interés SUPERIOR DEL MENOR y todas las leyes y principios universales sobre la infancia y su protección.
 Lejos el deber de velar y garantizar el bienestar de todos los ciudadanos, así como hacer valer especialmente el artículo 14 de la Constitución Española en el que expresamente se dice “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, ellos atancan despiadadamente a esos menores gitanos, no garantizan sus derechos constitucionales, sino que la propia policía es quien comete estos actos bandálicos, que de sobra es conocido que solo actúan así, por SER GITANOS. ESTA ACTITUD Y ESTOS HECHOS NO SE HAN DADO CONTRA NINGÚN MENOR "NO GITANO" EN NINGÚN SITIO DE ESPAÑA DURANTE EL ESTADO DE ALARMA.
Parece que con la llegada del COVID-19, también ha llegado una pandemia encubierta y paralela al mismo, como es el más denigrante y repugnante racismo, y esta afirmación no es basada en suposiciones ni en testimonios, sino en innumerables pruebas videográficas que no están llegando, en el caso actual, adjunto un video que ha sido grabado en su la localidad en Irún, provincia de Guipúzcoa que les solicito que observen.
TERCERO: Tal y como queda acreditado en el video aportado, uno de los policías, con el único objetivo de provocar a los propietarios de los JUGUETES DE NIÑOS PEQUEÑOS QUE SE ENCUENTRAN EN EL PATIO DE UN BLOQUE DE PISOS, comienza a dar patadas a los mismos que a nuestro juicio tiene un doble objetivo, consistente en romperlo y hacerlos inservibles (lo cuál no está amparado en ningún cuerpo legal de nuestro ordenamiento jurídico, sino que es más bien una actuación desmedida y propia de otras épocas que ya superó nuestro espléndido país) y en segundo lugar, el objeto de esta actuación es la de provocar a los propietarios de dichos objetos para que así procedan a salir de sus respectivas viviendas, atemorizar a los niños, denegar el derecho a jugar en el grave confinamiento y por último poder imponerles la correspondiente sanción que según las directrices del Ministerio del Interior, pueden ir desde la desobediencia a la autoridad, resistencia o incluso delitos contra la salud pública.
No obstante, y a pesar de dichas provocaciones, los padres de los menores dueños de los juguetes salen por el balcón a recriminar dicha actuación del Policía y preguntar tal y como se escucha en el video “¿Qué ha pasado? ¿Por qué hacéis eso?” al tiempo que se escucha uno de los menores al que pertenecían dichos objetos llorar de impotencia, Responde con desprecio y tiranía : “ es que no se puede estar en la calle” y continúa arrojando dichos objetos escaleras abajo (más de 20 escalones) con la consiguiente puesta en peligro que ello supone, si en ese momento hubiera pasado algún ciudadano, dentro de las salidas justidicadas en el estado de alarma.
Cuando nuevamente le vuelven a recriminar su actitud hacia el trato que está dando a los juguetes, vuelve a repetir que no se puede estar en la calle, pero la realidad es que dichos vecinos NO ESTÁN EN LA CALLE, EN EL MOMENTO DE LA LLEGADA DE LOS AGENTES, es por ello, que adoptan esta actitud provocadora para que aumente la tensión, pues solamente hay que observar que mientras uno de los policías se dedica a patear, romper y tirar escaleras abajo dichos juguetes, otro se coloca en la puerta del bloque por si alguien intenta salir del mismo.
La actitud de los agentes va más allá, pues al ver que con dicha actuación no obtienen el resultado querido, comienza a ensalzarse en una discusión con la familia que parece ser la propietaria de los objetos que están siendo pateados, arrojados y en definitiva destrozados por parte de dicho agente actuante, con la única excusa de que “ no se puede salir a la calle” sin embargo, la propia familia, vecinos testigos de los hechos entiende que dicha actuación es desmedida, discriminatoria, provocadora y abusiva, pero no siendo suficiente y viendo el policía en cuestión que dicha discusión no tiene tampoco el resultado querido, comienza de nuevo a tirar objetos escaleras abajo con un despotismo que no es propio ni refleja el principio de actuación o intervención policial que dicta la ley (puede apreciarse dicha actuación en el minuto 1:29 del archivo adjunto).
Una vez llevada a cabo esta actitud, es una mujer quien sale a recoger uno de los juguetes, siendo increpada inmediatamente por el policía en cuestión, pero es que ello no es suficiente, sino que, sin motivo alguno, ¡¡¡REQUISA LOS JUGUETES QUE HA TIRADO ESCALERAS ABAJO!!! Y continúa pateando los juguetes, tal y como se escucha en el video, sin que pueda verse.
CUARTO: Una vez expuesto lo anterior, habremos de decir que si bien es cierto que la orden de confinamiento afecta a todo el mundo por igual, y que todos tenemos la obligación legal de respetarlo, NO HAY MOTIVO ALGUNO PARA TAL ACTUACIÓN TAN DESMEDIDA, DÉSPOTA Y PROVOCADORA, pues no hay precedente ni ley alguna que ampare tal actuación, sino más bien todo lo contrario. De hecho el poder confiscatorio de la Administración, se ampara en bajo la comisión de otros delitos, NO SE PUEDE CONFISCAR LOS JUGUETES DE LOS NIÑOS, MÁXIME SIN ENCIMA SON FAMILIAS DE EXCLUSIÓN SOCIAL, SIN RECURSO ALGUNO NI CAPACIDAD DE VOLVERLO A COMPRAR. Dichos juguetes eran la única forma de entretener a los más pequeños, para quienes está siendo especialmente difícil la presente situación, pues como por todos es sabido, están siendo privados hasta de acudir al colegio (por causa de fuerza mayor, por supuesto) donde tienen la oportunidad de jugar con otros niños/as de su misma edad, por ello, la tenencia y disfrute de juguetes es la única forma que tenían de distraerse y hacer más llevadera la dura situación en la que nos encontramos, sin embargo, esto ya no podrá ser así debido a la destrucción y requisa de dichos juguetes por parte de la policía.
A mayor abundamiento en esta cuestión, cabe hacer mención que en otros casos hemos observado mediante videos o noticias que la policía lejos de llevar a cabo actuaciones como la presente, está llevando a casa de niños que cumplen años juguetes, poniendo música infantil o simplemente llevando a cabo actuaciones más acorde con la situación actual.

Por todo lo anterior,
SOLICITO:
1º Que se abra una investigación sobre la despropocionalidad y el mal uso de la fuerza en esta actuación policial, sean sancionados y compelidos a pedir perdón públicamente a las familias, especialmente a los niños.
2º Que procedan a la restitución de los objetos requisados arbitrariamente y procedan a restituir los daños ocasionados a los mismos mediante la compra de juguetes nuevos si es necesario.
3º Que no se vuelva a repetir tal actuación ni con esta ni con ninguna otra familia, los vecinos consternados por la situación quieren tomar medidas más drásticas, empezando por la recogida de firmas para denunciar los hechos judicialmente.
4°De no cumplirse nuestras peticiones, Yo misma, Abogada Colegiada, con número de carnet profesional….. del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, procederé de forma inminente a denunciarlo ante EL DEFENSOR DEL MENOR, a esos policías a Usted, señor alcalde, y a la Delegada de Policía Local y Convivencia así como al propio Delegado de Gobierno ya que sois los responsables políticos obligados a garantizar los derechos y obligaciones de los ciudadanos y el Defensor del Menor, el máximo garante de la Administración, competente para estos casos.
5°No dudaré en divulgar ésta actuación en los distintas medios de comunicación , para demostrar cómo estos agentes no actúan en el correcto código ético de las actuaciones policiales.

Esperando sus noticias, reciba un cordial saludo.

                     Séfora Vargas.
          PRESIDENTA DE APROIDEG



sábado, 21 de marzo de 2020

MODELO A PRESENTAR EN LOS AYUNTAMIENTOS DE VUESTRAS CIUDADES PARA PEDIR LA SUPRESIÓN DE LA TASA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA(MERCADILLOS)




OS DEJO ESTE MODELO REALIZADO POR MI MANO DERECHA EN MI ASOCIACIÓN APROIDEG, DANIEL DE LOS REYES, PRIMO Y COMPAÑERO DE PROFESIÓN, PARA QUE LO COPIÉIS Y PODÁIS PRESENTAR EN VUESTROS AYUNTAMIENTOS, PARA EVITAR PAGOS ABUSIVOS, AHORA NO PUEDEN COBRAROS LA TASA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA.
(Gracias primo Daniel por tu ayuda y trabajo)







AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE…….

Don/Doña…………………………………, con domicilio en Calle/Avenida …………………. Nº…..Piso….. de………….. provincia de …………… con número de teléfono………….. y D.N.I………….

Comparezco ante el presente organismo público y,


                                               EXPONGO:


Primero.- Que con fecha de 14 de marzo de 2020 se aprobó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableciéndose como consecuencia del mismo la limitación de circulación de personas en su artículo 7 así como la suspensión de toda actividad comercial que no se encuentre expresamente recogida en el artículo 10 del mismo texto.

Segundo.- Como consecuencia de lo anterior, la venta ambulante que se ha venido desarrollando hasta este momento se ha visto suspendida por el Estado de Alarma en el que nos encontramos, teniendo como consecuencia un descenso 100% de los ingresos de las familias dedicadas a esta actividad,  o dicho de otra manera, las familias dedicada a esta actividad han dejado de percibir ingreso alguno, dando ello lugar a una situación económicamente insostenible, pues hay que tener en cuenta que todos los vendedores ambulantes somos autónomos y por tanto, no tenemos percepción económica alguna por parte de los organismos públicos que ayuden a paliar la presente situación.

Tercero.- Una vez asentado lo anterior, hay que tener en cuenta que a pesar de la situación en que nos encontramos, privados de desarrollar nuestra actividad profesional por razón de interés público; debemos seguir haciendo frente a distintos pagos destinados a organismos públicos en razón de tributos, impuestos, tasas, etc. Lo cual está dando lugar a vernos abocados a la más extrema pobreza, no pudiéndose realizar la compra de alimentos básicos debido a la falta de ingresos, pero en el presente escrito, me gustaría hacer mención a que por la singularidad de la venta ambulante, debemos abonar a cada ayuntamiento la tasa por ocupación de espacio público, lo cuál supone una carga económica bastante importante para cada uno de los comerciantes dedicados a dicha actividad, además, es sabido por todos que dicha tasa actualmente carecería de sentido por no estar haciendo uso de dicho espacio, es decir, NO SE PRODUCE EL HECHO IMPONIBLE (conforme a la definición del artículo 20 de la LGT) como consecuencia de la situación tan excepcional en la que nos encontramos, por lo que procedería la suspensión de la misma, por no obedecer a ningún servicio prestado ni tampoco a ningún uso privativo de espacio público. Este hecho debe ser considerado unido al objetivo de no continuar empobreciendo aún más a las personas que nos dedicamos a la venta ambulante, pues la situación vivida actualmente ya es bastante crítica y gravosa de por sí.

Cuarto.-  Como precedente, cabe destacar que esta medida ya ha sido abordada y aprobada por Ayuntamientos de todo el territorio español, sirviendo a modo ilustrativo: el Excmo. Ayuntamiento de Bormujos (Sevilla), Excmo. Ayuntamiento de Coria del Río (Sevilla), Excmo. Ayuntamiento del Viso del Alcor (Sevilla) ,Excmo. Ayuntamiento de Valencia.
Los mencionados consistorios se han comprometido a condonar dichas tasas mientras dure el Estado de Alarma, destacando el Excmo. Ayuntamiento de Bormujos, quien ha resuelto que además de dicha exención, se bonificará durante al menos dos cuotas trimestrales cuando se levante dicha prohibición con la finalidad de fomentar y relanzar este sector tan especialmente castigado económicamente debido a diversas circunstancias como pudieran ser inclemencias temporales, aparición de venta online, descenso de afluencia a mercadillos, entre otras muchas.

Por todo lo anterior, 

SOLICITO A ESTE AYUNTAMIENTO QUE,
 Haciendo uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales resuelva:

-     Suspender  la tasa por ocupación de la vía pública mientras dure el Estado de Alarma.
-     Bonificar las tasas de ocupación de vías públicas por un periodo mínimo de dos cuotas si son trimestrales o bien tres cuotas si son bimensuales, una vez cese el Estado de Alarma.
Esperando una favorable resolución, le saluda atentamente.

                       En………. A..... de ……. De 2020

                                FDO. : 

CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS de acuerdo con Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Soy vuestra prima Séfora Vargas:

Muy preocupada por la mayoría de vendedores ambulantes que trabajan como autónomos y que han sido obligados a cesar en sus actividades, he estado esperando a que se esclareciera la situación sobre los autónomos, porque ha habido  tres modificaciones en pocos días.
Las medidas son definitivas, ya están aprobadas, y esta información es de MÁXIMA CONFIANZA Y FIABILIDAD PORQUE HA SIDO GRATUITAMENTE PRESTADA POR DON LORENZO AMOR, PRESIDENTE DE ATA,
Desde aquí, le doy mi mayor agradecimiento, no sólo por la información, sino, por como ha luchado usted por este sector en esta dura crisis. Estoy convencida, que se le debe a usted, gran parte de estos logros.
OS DEJO LOS ENLACES DE LA PÁGINA PORQUE LA INFORMACIÓN ES EXTRAORDINARIA. ES UNA GUÍA COMPLETA DE INFORMACIÓN.




http://link.ata.es/c?p=xBDQx3X6bmFxQ17Qo0cPR1zQ09DecMQQPl9V59DdP0nt0Jwz0Ivw0MVXFvnZTmh0dHBzOi8vYXRhLmVzL2d1aWFzLXktcmVzcHVlc3Rhcy1wYXJhLWF1dG9ub21vcy1hZmVjdGFkb3MtcG9yLWVsLWNvcm9uYXZpcnVzL7g1YWIyOGExOGI4NWI1MzUwZWYxY2ZkM2XEENDJdBHQnhx5QNCM0L7QzkhNG3Y70M-rbGluay5hdGEuZXPEFNCm0MN9Y9DfQiI8fQsrBS_QyRU50Mh66iA

martes, 17 de marzo de 2020

Suspensión de todos los mercadillos hasta que cese el estado de Alarma

Buenas noches, me veo obligada a aclararos , (porque han contactado conmigo funcionarios de distintos ayuntamientos), que mientras dure el estado de alarma que tenemos, NO SE CELEBRARÁN NINGÚN MERCADILLO, NO ES NECESARIO QUE OS LO NOTIFIQUEN PERSONALMENTE NI POR ESCRITO, uno a uno...Lamentablemente estamos viviendo una situación muy grave, debido a la pandemia. Están supendidos todos los actos públicos, todas las actividades que puedan expandir este virus, por lo tanto ABSOLUTAMENTE TODOS LOS MERCADILLOS(Castilleja de la Cuesta también) Y TIENDAS DE ROPA, NEGOCIOS QUE NO SEAN DE PRIMERA NECESIDAD, ESTÁN SUSPENDIDOS HASTA QUE NO CESE ESTE ESTADO DE ALARMA.

ME VEO OBLIGADA A EXPLICARLO, PORQUE PARECE QUE LA GENTE NO ENTIENDE QUE ES ESTO, o no comprende la gravedad de la situación.

Mucho ánimo, todos estamos sufriendo.
Un abrazo,

SÉFORA VARGAS.

viernes, 13 de marzo de 2020

Carta para el Defensor del Pueblo, medidas ante el coronavirus para los vendedores ambulantes.

Buenos dias, soy Séfora Vargas, Presidenta de Aproideg. Me pongo en contacto con ustedes con caracter urgente debido a la grave situación de pandemia y a las medidas adoptadas por el gobierno central y ayuntamientos locales. Resulta que la recomendación u orden del cierre de mercados está siendo inminente, a pesar de estar al aire libre y existir menos riesgo de expansión del virus . Sin embargo, lamentablemente TODOS LOS CENTROS COMERCIALES PERMANECEN ABIERTOS, ES UNA DISCRIMINACION AL PEQUEÑO EMPRESARIO, que ya está socavando los derechos fundamentales de estos trabajadores.
Ruego que las medidas adoptadas sean las mismas para todos.
Por otro lado y mas grave aún, qué va a pasar con la economía de miles de familias en Andalucía y España que ejecutan el comercio Ambulante y que el Presidente, ni ningún responsable político no ha mencionado a estos  autónomos, ni a los autónomos en general. En este sector que represento, al del Comercio Ambulante, las familias están destrozadas por el estado de necesidad que van a sufrir. Necesitamos ayudas específicas en todos los sectores, si bien se entiende el estado de necesidad que invade España, el estado de calamidad y necesidad económica en mi sector, es inefable.
Necesitamos protección ante las administraciones locales, que NO NOS COBREN LAS TASAS DE OCUPACIÓN DE VIA PÚBLICA, LAS DE RECOGIDA DE BASURA, LAS DE SEGURIDAD, EXIGIMOS UN DESCUENTO DE LA CUOTA DEL AUTÓNOMO, ANULACIÓN DE TODO TIPO DE INTERESES DE DEMORA ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE TRABAJAR... AYUDA PARA PODER SOBREVIVIR ESTOS 15 DIAS COMO MÍNIMO QUE SE NOS PROHÍBE TRABAJAR.
LA SEGURIDAD NACIONAL, TAMBIÉN PASA POR NO DEJAR MORIR A MAS DE 300.000 PERSONAS QUE EJECUTAN EL COMERCIO AMBULANTE EN ANDALUCIA. NADIE NOS MENCIONA CUANDO SE REFIEREN A LAS PYMES, POR FAVOR RUEGO ENCARECIDAMENTE, SEA ESTUDIADA ESTA SITUACIÓN, y en la medida de sus posibilidades, me otorguen una reunión u via alternativas de contacto directo en caso de que hayáis suspendido las reuniones por motivos de seguridad.
Gracias de antemano, recibid un cordial saludo.

Séfora Vargas.

martes, 10 de marzo de 2020

FACULTAD DE TEOLOGÍA DE ASAMBLEAS DE DIOS DE ESPAÑA

Hoy 10 de marzo, ha tenido lugar un hecho histórico, gracias al Pastor evangélico Eliezer Reyes, se ha estudiado por primera vez en la facultad de Teología, la historia, cultura, sociedad del Pueblo Gitano a nivel Internacional y especialmente en el marco Europeo y español.
He tenido la suerte de ser la responsable de seminario, 4 horas impartiendo clase a los alumnos, rompiendo moldes, creando conciencia, enseñando historia y sobre todo, creando nuevos perfiles pastorales, donde la pasión y humanidad hacia nuestro pueblo, sea de justicia. Evitando el racismo y la discriminación dentro de las iglesias.
Otra suerte ha sido compartir la última sesión, con el Pastor Pepe Alba, uno de los primeros misioneros payos en predicar el evangelio en Extremadura. Por quién mi tatarabuela, la abuela Lorenza, conoció el evangelio.
Sin duda alguna, un hito histórico. Gracias Eliezer por introducir esta materia dentro de la asignatura pastoral. Y gracias a mis padres, por acompañarme en este día.
Un abrazo muy grande para todos lo alumnos/as.






Séfora Vargas.

sábado, 15 de febrero de 2020

Una reflexión abierta, para las que lleváis muchos años haciendo lo imposible por cerrar puertas.

Es cierto, las malas personas nunca jamás podrán ser excelentes profesionales, sólo tendrán pericia técnica... Y aunque ostenten puestos elvados, mayor será el declive...  con el tiempo, su propia maldad hace que caigan. Para ser un buen profesional, hay que poner el corazón y el alma en ello... De esa madera soy yo... Aunque eso conlleve estar a la sombra casi la mitad de mi vida... Tengo mi conciencia tranquila, JAMÁS LE HE CERRADO LAS PUERTAS A NADIE NI EN POLÍTICA NI EN EL ACTIVISMO SOCIAL... NI EN NINGÚN ÁREA... Sin embargo... Cuánto esfuerzo se toman algunas en seguir cerrando puertas... Y no entienden... Que conmigo, gracias a Dios, no tenéis nada que hacer... Maravilloso artículo.https://www.elclubdeloslibrosperdidos.org/2018/05/una-mala-persona-no-llega-nunca-ser_30.html

Salud y Libertad, Séfora Vargas.

viernes, 17 de enero de 2020

MUJER GITANA #FEMINISMO#

Aquí os dejo mi primera entrevista del año, gracias por hacer tan bien vuestro trabajo, un placer colaborar con su presentadora y está emisora.
Tenéis que descargar un programa gratuito.
Un abrazo.
http://www.ivoox.com/46351869